Mandato de actuar para y en nombre de una empresa en formación

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Descripción

Ciertos actos relacionados con la constitución de una sociedad pueden llevarse a cabo después de la firma de los estatutos y antes de la inscripción de la sociedad en el RCS. Para que estos actos puedan ser llevados a cabo y posteriormente asumidos durante la vida de la empresa, los socios deben haber dado un mandato a uno o más de ellos, o al gerente no asociado, para que asuma ciertos compromisos en nombre de la empresa. Las personas designadas actuarán entonces en lugar de los socios y en nombre y representación de la empresa. El mandato puede estar previsto en los estatutos de la sociedad o en un instrumento separado.

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