Dejar la negativa a renovar y ofrecer indemnización por desalojo

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Descripción

Arrendaste un espacio comercial. Desea dar permiso a su inquilino pero se niega a renovar el contrato de arrendamiento. Usted debe entonces pagarle una compensación por el desalojo igual al perjuicio causado por la falta de renovación. La indemnización por desalojo incluye en particular: el valor de mercado del negocio, determinado de acuerdo con la práctica profesional los gastos normales de transporte de mobiliario y enseres las tasas e impuestos de transferencia que deben pagarse por un fondo del mismo valor. La licencia con negativa a renovar y la oferta de indemnización de desahucio debe ser entregada a su inquilino por el alguacil seis meses antes de la expiración del contrato de arrendamiento comercial. Debe citar en el artículo de licencia L. 145-9 párrafo 2 del Código de Comercio, que permite al arrendatario impugnar la licencia o reclamar una indemnización por desalojo en un plazo de dos años a partir de la fecha en que se concedió la licencia.

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