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No es prueba admisible la presentación por parte del empleado de una declaración escrita de manera idéntica en su presentación y con la misma pluma durante 4 años.

Un empleado despedido exigió a su antiguo empleador el pago de las horas extras que había trabajado. Recurrió al tribunal laboral para reclamar el pago de la cantidad de 14.000 euros en concepto de HS no liquidados correspondientes a los años 2003, 2004, 2005 y 2006. El empleado se quejó de la sentencia del Tribunal de Apelación de Nimes, por haber desestimado
su solicitud de pago de una suma por horas extraordinarias basándose en una declaración que él mismo había redactado minuciosamente.
Sostiene ante el Tribunal de Casación que, en caso de litigio sobre la existencia o el número de horas de trabajo realizadas, corresponde al trabajador fundamentar su solicitud aportando elementos suficientemente precisos sobre las horas realmente realizadas para permitir el empleador debe responder aportando sus propios elementos (artículo L3171-4 del Código del Trabajo ).

El Tribunal de Casación, acogiéndose a la potestad soberana de apreciación del juez de primera instancia, confirmed that no se había demostrado la existence de horas extraordinarias no recuperadas, porque el empleado «presentó las páginas de un cuaderno escrito de manera idéntica en su presentation y con la misma pluma para los años 2002 a 2006», lo que sugería que el resumen se había elaborado de una vez y no en forma de horas extraordinarias, lo que teniendo en cuenta el período abarcado, no podía reflejar la realidad.

En consecuencia, la prueba de las horas extraordinarias realizadas durante 4 años deberá recopilarse a lo largo de los días, con el fin de relacionar la realidad, indicando, si es posible, cada vez los motivos de las horas extraordinarias (tipo de expediente de trabajo, tipo de intervención realizada, nombre del cliente para quien se realiza el pedido, etc.). Esto facilita el cotejo con el departamento de contabilidad o el servicio postventa, y así acreditar la consecución de las horas extras.
Gabinete del Maître DAMY , abogado del colegio de abogados de Niza 2022