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¿Cuáles son los peligros a los que está expuesto el reclutador “encubierto” frente a la ley y su empleado?
RIESGOS NO DESCUIDABLES
Los riesgos para un empresario que no declara a su empleado son realmente importantes y las condenas son habituales. Incluso si, inicialmente, el empleado acepta no ser declarado, esto no le impide, posteriormente, atacar a su empleador.
¿PUEDO ATACAR A LOS PRUD’HOMMES?
Uno de los principales riesgos es que su empleado actúe ante el tribunal laboral. Para ello dispone de un plazo de cinco años desde la finalización de la relación laboral. La mayoría de las veces, se condena al empleador a pagar una indemnización por el daño sufrido, a lo que se suma la indemnización prevista por el Código del Trabajo, que asciende a seis meses de salario.
¿PUEDO SER ATACADO CRIMINALMENTE?
El empleador también puede ser juzgado por el tribunal penal. Según el Código del Trabajo, se enfrenta a “tres años de prisión y una multa de 45.000 euros”. En caso de reincidencia, las penas se duplican.
¿TENDRÉ QUE REEMBOLSAR LOS IMPUESTOS NO PAGADOS?
El empleador deberá reembolsar todas las cotizaciones a la seguridad social, impuestos y derechos durante tres años, con un aumento y sanciones por demora.
¿QUÉ PASA EN CASO DE ACCIDENTE DE TRABAJO?
El empleador es considerado responsable en caso de accidente de trabajo no declarado de un empleado. Tendrá que pagar una multa, reembolsar gastos médicos, pagar daños y perjuicios y, en su caso, una pensión de invalidez.
DAMY Law Society , Niza, Riesgos y trabajo no declarado, Actualizado 2022