Tiempo estimado de lectura (en minutos)

La contribución social general (CSG), a la que se refiere el artículo L. 136-1 del Código de Seguridad Social, fue instituida por la ley de finanzas de 29 de diciembre de 1990.
La CSG se basa en particular en los ingresos del trabajo y la sustitución. Las personas domiciliadas en Francia para el establecimiento del impuesto sobre la renta y que se acojan a un régimen obligatorio de seguro médico francés están sujetas a la CSG. Los recursos de la CSG se destinan al Fondo Nacional de Asignaciones Familiares, al Fondo Solidario de Vejez, al Fondo Nacional de Solidaridad para la Autonomía y a los planes de seguro obligatorio de salud.
La determinación de la naturaleza jurídica de esta contribución ya ha dado lugar a varias decisiones.El Consejo Constitucional resolvió que esta contribución tenía la naturaleza de un impuesto que entraba dentro de la categoría de “tributación de cualquier tipo”.
El Tribunal de Casación, por su parte, establece el principio del carácter dual de la contribución social generalizada que constituye un impuesto en el sentido de la legislación francesa y una contribución social en el sentido de la legislación comunitaria. El Tribunal de Casación aclara así la posición adoptada desde 2000. Combina así la concepción francesa y la concepción comunitaria. Por lo tanto, la naturaleza jurídica de las cotizaciones a la seguridad social se limita claramente a la aplicación del Derecho comunitario.

 

Actualización 2022:

El debate relativo a la calificación jurídica de la contribución social general –“CSG”- y la contribución para el reembolso de la deuda social –“CRDS”- ha encontrado una continuación lógica.

 

En continuidad con las sentencias de 15 de febrero de 2000, el TJUE, el 26 de febrero de 2015, resolvió que Francia no podía sujetar a cotizaciones a la seguridad social, las rentas del activo y las rentas de inversión percibidas por personas físicas cuya residencia fiscal se encuentre en Francia sujetas obligatoriamente a un régimen de seguridad social en otro Estado miembro.

 

La nueva sentencia del TJUE, además de los residentes fiscales en Francia que ejercen una actividad por cuenta ajena en otro Estado miembro de la UE que están sujetos obligatoriamente al sistema de seguridad social en el Estado de su lugar de actividad, también afecta a los trabajadores por cuenta ajena residentes en Francia ejerciendo su actividad en un Estado miembro del EEE y en Suiza. Además, esta solución debería ser transponible en caso de afiliación a un sistema de seguridad social de un país que haya celebrado un acuerdo de asociación o cooperación con la UE.

 

Hasta la fecha, el TJUE no adopta el mismo razonamiento que el Consejo Constitucional que durante mucho tiempo ha considerado que la CSG y la CRDS entran en la categoría de “tributación de todo tipo” a la que se refiere el artículo 34 de la Constitución. .

 

En efecto, el TJUE se centra más en el destino final de las dos cotizaciones, aunque no den lugar al derecho a las prestaciones sociales, y añade, además, que el hecho de que estas cotizaciones sean calificadas, en Francia, como prestaciones gravámenes tiene ningún impacto en la naturaleza de la deducción bajo la regulación europea.

 

El Gobierno francés ha tomado nota de la sentencia de 26 de febrero pero ha indicado que desea esperar a la decisión final del Consejo de Estado antes de introducir cambios en su legislación y en particular en la Ley 2012-9588, cuyo artículo 29 amplía la ley social. contribuciones de seguridad a los ingresos y ganancias de propiedad de fuentes francesas realizadas por no residentes en Francia a efectos fiscales.

 

A la espera de la reacción del Gobierno francés, los contribuyentes residentes en Francia a efectos fiscales que estén sujetos obligatoriamente a otro sistema de seguridad social (Estado miembro de la UE, el EEE o Suiza), tienen la posibilidad de presentar una reclamación antes de una recurso legal a su oficina de impuestos para solicitar el reembolso de las contribuciones sociales percibidas por el Estado francés sobre sus rendimientos de activos y sus rendimientos de inversión.

 

Para los residentes fiscales en Francia, estas rentas incluyen, en particular, las rentas de la tierra, las rentas vitalicias a título oneroso, las rentas del capital mobiliario (productos de inversión de renta fija, dividendos y productos similares), las plusvalías y los bienes inmuebles, las rentas sujetas al impuesto sobre la renta en la categoría de los beneficios industriales y comerciales, los beneficios no comerciales y los beneficios agrícolas que no están sujetos a cotizaciones a la seguridad social en relación con los rendimientos profesionales y los productos de inversión sujetos a una deducción en la descarga total (Letras del Tesoro, bonos, etc.).

 

En cuanto a los no residentes en Francia a efectos fiscales, cabe señalar que en 2013 la Comisión Europea abrió dos procedimientos de infracción contra Francia en relación con la CSG y la CRDS que gravan las rentas de la propiedad y las plusvalías inmobiliarias de fuente francesa. por personas físicas, domiciliadas fuera de Francia a efectos fiscales y dependientes del sistema de seguridad social de otro Estado miembro, o del sistema Caisse des Français en el extranjero. Además, la reciente sentencia del TJUE también debería aplicarse a las rentas del activo y de las inversiones recibidas por no residentes en Francia a efectos fiscales. Las rentas en cuestión son las rentas de la propiedad y las plusvalías inmobiliarias de fuente francesa.

 

Por lo tanto, los no residentes en Francia a efectos fiscales, a la espera de las medidas correctoras que deberá adoptar el Gobierno francés en virtud del artículo 29 de la ley 2012-958, también tienen la posibilidad de presentar una reclamación previa a una acción judicial. para solicitar el reembolso de las cotizaciones a la seguridad social pagadas sobre sus rentas o ganancias inmobiliarias de fuentes francesas tan pronto como se afilien a un sistema de seguridad social extranjero de un Estado miembro de la UE, el EEE o Suiza.

Buen abogado, Grégory Damy , Derecho fiscal, actualización 2022