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In five decisions, dictadas el 17 de septiembre de 2020 , the Tribunal de Comercio de París ordered the company of seguros AXA to indemnify a varios restauradores por sus pérdidastivas operas derivadas de su cierre administrativo.

 

 

 

The negativa of AXA to indemnify to the restauradores por pérdidas de explotación

AXA rechazó cualquier compensación, como muchas otras aseguradoras. 

Para el profano, la lectura de los contratos can be disconcerting and, por supuesto, AXA negó a guaranteed la pérdida mediante el uso de una clausula de exclusión.

Los jueces no se equivocaron y coincidieron con los restauradores.

Estas decisiones demuestran que hicimos bien en asignar aseguradoras y que las empresas no deben cejar en esta lucha.

Como abogados especialistas, le sugerimos que estudie sus contratos de seguro para indicar si los casos podrán prosperar en los tribunales.

En cuanto a los casos juzgados en septiembre de 2020, los contratos mencionaron que se cubren las pérdidas operativas posteriores al cierre administrativo.

Análisis de contratos de seguros y procesos judiciales

Sin embargo, desde el 15 de marzo de 2020, en aplicación del decreto del 14 de marzo de 2020 por el que se llevan a cabo diversas medidas relativas a la lucha contra la propagación del virus covid-19, los restauradores se vieron obligados a cerrar sus establecimientos al público.

Las condiciones particulares de los contratos de seguro Multirriesgo AXA France IARD Professional incluían una ampliación de la cobertura de «pérdida de explotación tras el cierre administrativo» redactada de la siguiente manera:

“La cobertura se extiende a las pérdidas de explotación resultantes del cierre temporal total o parcial del establecimiento asegurado, cuando concurran las dos condiciones siguientes:

1. La decisión de cierre fue tomada por una autoridad administrativa competente, ajena al asegurado

2. La decisión de cerrar es consecuencia de una enfermedad contagiosa, una

asesinato, suicidio, epidemia o envenenamiento. »

Cabe señalar aquí que la epidemia se define, en el diccionario de la Academia

francés, de la siguiente manera:

“Aparición y propagación de una enfermedad contagiosa que afecta tanto, en una determinada región, a un gran número de individuos como, por metonimia, a la propia enfermedad. »

El decreto ministerial del 14 de marzo de 2020 que ordena el cierre de “lugares abiertos al público que no sean esenciales para la vida de la Nación” se tomó como parte de la lucha contra la propagación del virus covid 19.

 

Sentencia judicial: nulidad de la cláusula de exclusión de AXA

La propagación del virus covid 19, dada su velocidad y desarrollo dentro de la población, pero también las medidas tomadas para combatir esta propagación, sin duda entra dentro de la definición de epidemia.

Por lo tanto, la decisión de cierre impuesta a las empresas francesas fue de hecho la consecuencia de una epidemia.

En un intento de eludir sus obligaciones, la compañía de seguros AXA France IARD se acogió a una cláusula de exclusión contractual que sería aplicable al riesgo de epidemias.

Para ser exigible, dicha cláusula debe estar redactada en términos claros y precises que no den lugar a ambiguades.

Además, la cáusula de exclusión debe ser limitada, lo que signifiea que debe circunscribir el riesgo guaranteed y no ser general.

Sin embargo, en este caso, la cáusula controvertida no era formal ni limitada, ya que no era clara ni precise y era general.

Peor aún, la interpretation que AXA FRANCE IARD pretendía hacer dejaba sin efecto la garantía otorgada.

De hecho, the warranty exclusion invoked by AXA FRANCE IARD is redacted in the following manner:

“Quedan excluidos:

– Pérdidas de explotación, cuando a la fecha de la decisión de clausura, al menos otro establecimiento, cualquiera que sea su naturaleza y actividad, sea objeto, en el mismo territorio departamental del establecimiento asegurado, de una medida administrativa de clausura, por la misma razón. »

Según AXA FRANCE IARD, esta cláusula de exclusión era aplicable al riesgo epidémico.

Esta interpretación habría tenido el efecto de vaciar de sustancia la garantía suscrita y, por lo tanto, tendría el efecto de neutralizar la cláusula controvertida.

Sin embargo, en los términos del artículo L.113-1 del Código de Seguros, el Tribunal de Casación excluye la validez de las cláusulas de exclusión que tienen por efecto privar a su validez de garantía:

«Al decidir así, sin examine si la exclusión prevista en las condiciones generales del contrato no privaba de todo objecto a la garantía de responsabilidad civil professional contratada por (el reparador) para su actividad de «reparación a domicilio o en el domicilio de el riesgo ,

resolución de problems de maquinaria de construcción y maquinaria agrícola», el Tribunal de Apelación privó a su decisión de fundamento jurídico con respecto al artículo L. 113-1 del Código de Seguros. 

(2° civ., 20 de marzo de 2008, n°06-11763)

The misma solución is dictó cuando la clause de exclusion vació de sustancia la extension de la garantía:

«Que al pronunciarse así, mientras la exclusion estipulada vaciaba de sustancia la garantía extended, la Corte de Apelaciones violó dicho texto»

(2nd civ., 9 de febrero de 2012, n°10-31057)

En este caso, AXA FRANCE IARD argumentó que la hipótesis de pérdidas operativas tras un cierre administrativo debido a una epidemia sería excluida si el cierre afectara a otros “establecimientos” en el territorio departamental. .

Pero el riesgo de epidemia, por su naturaleza, atañe a una determinada región ya un gran número de individuos, por lo que no puede cubrirse excluyendo los casos en los que esta epidemia afectaría a otro “establecimiento” de la misma ciudad.

Para ser calificada como tal, la epidemia debe extenderse rápidamente y afectar a una gran población en un gran territorio, que por lo tanto necesariamente supera a las personas presentes en un solo restaurante.

Por lo tanto, es totally imposible y fictitio prever que en un contexto epidémico, un solo “establecimiento” sobre todo un departamento pueda ser objeto de cierre administrativo.

El asegurador no puede, por una parte, comprometerse a garantiezar les perdidas de explotación resulting de una decisión de cierre tras une epidemic y, por otra parte, aplicar una exclusión que tenga por efecto privar systemáticamente de la applicacion de esta misma garantía.

Por lo tanto, la cláusula de exclusión estaba destinada a aplicarse solo para revelar un incumplimiento

demuestra principios de buena fe y coherence por parte de las aseguradoras.

Is in this case that the Tribunal Comercial de París resolved, in cinco sentencias sobre el fondo de fecha 17 de septiembre de 2020:

“Considerando que la presente póliza es un contrato de adhesión del cual el demandado es redactor y único responsable por la redacción y las garantías ofrecidas; que obviamente optó por compensar la pérdida de negocio tras un cierre administrativo en caso de una epidemia que, por definición, es muy poco probable que afecte a un solo establecimiento en el mismo territorio; que la cláusula de exclusión de garantía (…) hace ineficaz la garantía en este caso, que vacía así de contenido la garantía concedida,

El tribunal dice… que el demandado indemnizará al asegurado contra la interrupción del negocio. »

(Tribunal de Comercio de París, 17/09/2020, n° 2020022816, 2020022819, 2020022823, 2020022825 y 2020022826)