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Los Mayores dieron su opinión en junio de 2014, en materia de prestaciones compensatorias, en el punto de saber si se deben tener en cuenta las cantidades abonadas por indemnizaciones por accidentes de trabajo y el derecho a la indemnización por invalidez.

Asignación Compensatoria e Indemnización por Invalidez

Intervenido el 2 de abril de 2014, de una cuestión prioritaria de constitucionalidad (QPC) remitida por el Tribunal de Casación, los Ancianos se pronunciaron (sentencia n°2014-398 QPC) sobre la conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 del Código Civil.

Cabe recordar que este artículo, relativo a la determinación de la indemnización compensatoria, establece que, al determinar las necesidades y recursos, el juez no tendrá en cuenta las cantidades pagadas por concepto de indemnización por accidentes de trabajo y las cantidades pagadas a los derecho a la indemnización por invalidez. Y el resultado es claro: según el Consejo, lo dispuesto en el artículo 272 es inconstitucional.

Inconstitucionalidad del artículo 272

relativo a la determinación de las indemnizaciones compensatorias, fue declarado inconstitucional por los Mayores. El artículo, que excluye ciertas sumas de la consideración, ha provocado debates y llamados a posibles enmiendas para garantizar la equidad y la eficacia en el cálculo de los beneficios compensatorios.

El artículo 272 del Código Civil, que excluye ciertas sumas de la consideración en la determinación de las indemnizaciones compensatorias, ha sido declarado inconstitucional por los Ancianos. Este fallo plantea dudas sobre la equidad y la eficacia del cálculo de los beneficios compensatorios, lo que exige posibles revisiones para garantizar el cumplimiento constitucional.

La inconstitucionalidad del artículo 272 del Código Civil, relativo a la determinación de la indemnización compensatoria, ha supuesto un avance significativo en el panorama jurídico. En junio de 2014, los Mayores emitieron su opinión sobre si las sumas pagadas por concepto de indemnización por accidentes de trabajo y el derecho a la indemnización por invalidez deben tenerse en cuenta en el cálculo de las prestaciones compensatorias. El Consejo dictaminó que las disposiciones del artículo 272 son inconstitucionales. Esta decisión ha provocado discusiones y debates entre expertos legales y formuladores de políticas con respecto a la equidad y eficacia del marco existente para determinar las asignaciones compensatorias. Es posible que sea necesario un análisis más detallado y posibles enmiendas a la ley a la luz de este fallo.