Description
Cuando se constituye una sociedad, los socios deben depositar el capital social de la sociedad en una institución bancaria, un notario o la Caisse des dépôts et consignations. Este depósito de capital se refiere sólo a la parte en efectivo, que puede pagarse mediante cheque, efectivo o transferencia. El capital debe ser efectivamente depositado y cobrado para obtener un certificado que acredite la prueba de dicho depósito. El certificado debe adjuntarse a los artículos de la empresa. Es sólo después del registro de la empresa que los fondos pueden ser retirados por un agente de la empresa con una prueba de registro.
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