Alquiler profesional

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Descripción

El contrato de arrendamiento profesional es un contrato por el cual un propietario (el arrendador) arrienda a un tercero (el arrendatario) un bien cedido para el ejercicio exclusivo de una actividad no comercial (profesiones liberales o similares, asociación,…) o, en su defecto, una embarcación. El contrato de arrendamiento profesional debe establecerse por escrito. Establece la cantidad de alquiler que se puede fijar. Como regla general, se indexa al índice de costes de construcción. La duración del contrato de arrendamiento profesional debe ser por lo menos igual a 6 años. El arrendatario podrá notificar en cualquier momento al arrendador, por carta certificada con acuse de recibo o por acto del alguacil, su intención de abandonar los locales, con un preaviso de 6 meses. En cuanto al arrendador, está obligado durante toda la duración del contrato, pero puede rechazar la renovación mediante notificación (carta certificada con acuse de recibo o mandamiento judicial) al arrendatario al menos 6 meses antes de la finalización del contrato.

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