Tiempo estimado de lectura (en minutos)

La Constitución del 17 de diciembre de 1962, enmendada por la Ley nº 1.249 del 2 de abril de 2002, afirma que el Principado de Mónaco es un Estado soberano e independiente en el marco de los principios generales del derecho internacional y convenios específicos con Francia (Const. , art. 1). Establece que el principio de gobierno es la monarquía hereditaria y constitucional. El Principado es un Estado regido por el Estado de derecho sujeto al respeto de los derechos y libertades fundamentales (Const., art. 2).

 

El Principado de Mónaco, un estado de 195 hectáreas, está sin salida al mar en el departamento de los Alpes Marítimos, cerca de la frontera con Italia, a orillas del Mediterráneo. La población es de treinta y cinco mil habitantes por un número de nacionales del orden de siete mil quinientas personas. Si bien numerosos tratados bilaterales han asegurado la soberanía y la independencia del Principado de Mónaco a lo largo de su historia, el reconocimiento internacional del Principado de Mónaco se ha consagrado con su admisión en la Organización de las Naciones Unidas, de la que se convirtió en el 183º Estado miembro el 28 de mayo. 1993.

 

Descarga el artículo publicado en “Lexis Nexis” en formato pdf

 

Maître Grégory DAMY , Abogado, Niza y Mónaco