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Anulación de despidos En un caso judicial reciente, la cuestión de un empleado cuyo despido es nulo y que buscaba su reincorporación generó dudas sobre su derecho a una indemnización por despido. El asunto se refería a un trabajador que, tras una enfermedad, había sido declarado apto para seguir una terapia a tiempo parcial durante un período de un año por el médico del trabajo. Sorprendentemente, antes del final de este período designado, la empleada fue despedida debido a su negativa a regresar a un puesto de tiempo completo.
El trabajador cuyo despido es nulo: reincorporación sin indemnización: –
El caso fue llevado al tribunal laboral, que declaró nulo el despido. En consecuencia, el empleado solicitó su reintegro. Sin embargo, para su gran decepción, su solicitud de reintegro fue rechazada, aunque el tribunal reconoció el carácter injusto de su despido. En consecuencia, la empleada interpuso demanda judicial para la terminación judicial de su contrato de trabajo.
Los jueces a cargo del caso, luego de una exhaustiva evaluación, concluyeron que el empleador era responsable de la rescisión del contrato. Ante esto, los jueces condenaron al empleador a indemnizar al empleado tanto por el preaviso como por el despido. Sin embargo, un aspecto interesante de la sentencia surgió cuando los jueces se negaron a deducir de la indemnización concedida el importe de la indemnización pagada por el empresario en el momento del despido.
Deducción de la indemnización por despido judicial: garantizar la equidad de los recursos: –
A continuación, el caso fue llevado ante el Tribunal de Casación para su examen. El Tribunal de Casación, en su sentencia, censuró la sentencia dictada por el tribunal inferior. Afirmó firmemente que un empleado cuyo despido es declarado inválido y que solicita su reintegro no puede reclamar el pago de una indemnización por despido. Esta decisión se basó en el principio de que la reincorporación implica el retorno del trabajador a la misma relación laboral, cancelándose así cualquier derecho a indemnización por despido.
Además, el Tribunal de Casación determinó que la indemnización ya pagada al trabajador por el despido improcedente debía deducirse del importe del aviso y de las indemnizaciones por despido debidas como consecuencia de la extinción judicial del contrato. Esta decisión hace hincapié en el principio de evitar una doble recuperación por parte del empleado, ya que la indemnización recibida incluye la indemnización a la que el empleado no tiene derecho.
En resumen, el caso pone de relieve las complejidades jurídicas que rodean el despido de un empleado cuyo despido es declarado nulo. La sentencia del Tribunal de Casación establece que estos empleados no pueden reclamar una indemnización por despido al solicitar su reincorporación. Además, subraya la necesidad de deducir del total de las indemnizaciones concedidas por resolución judicial del contrato las indemnizaciones ya percibidas por despido improcedente. Esta decisión tiene como objetivo lograr un equilibrio entre la protección de los derechos de los empleados y la prevención de una carga financiera indebida para los empleadores en caso de despido improcedente.