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Un contrato de duración determinada es un contrato precario , pero el empleado se beneficia en principio de los mismos derechos que un empleado con un contrato indefinido por salario, vacaciones pagadas o formación. También existen otras particularidades propias del CDD.

EL SALARIO

Existe un principio de igualdad con un trabajador con contrato indefinido si la formación y funciones son equivalentes. Esto es aún más cierto cuando se trata de un CDD de reemplazo. La comparación es muy clara entre el salario del empleado reemplazado y el del reemplazante. Pero el salario puede ser menor si el empleado que se sustituye tiene una larga antigüedad en la empresa.

EL PERÍODO DE PRUEBA

El contrato de duración determinada puede incluir un período de prueba, pero no es obligatorio. Si la duración del contrato es inferior a 6 meses, el período de prueba será de un día por semana trabajada. Por ejemplo, para un contrato de un mes, será un máximo de 4 días. Si el contrato dura más de 6 meses, el período de prueba no puede ser superior a un mes. Es raro que el contrato se rescinda durante el período de prueba.

VACACIONES PAGADAS

El trabajador tiene los mismos derechos que el trabajador con contrato indefinido, es decir, 2,5 días de vacaciones al mes. Si el trabajador no pudo tomar su licencia durante su contrato, se le pagará al final.

CAPACITACIÓN

Un empleado con contrato de duración determinada tiene la opción de solicitar formación, incluyendo el permiso de formación individual. Tiene que esperar 4 meses antes de aplicar. Solo que, en la práctica, es raro que un empleado se beneficie de la formación porque la brevedad del contrato muchas veces no lo permite.

INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El CDD debe ser completado. El empleado se beneficia de cierta protección. El empleador no puede romper el contrato sin una razón importante. Esto solo es posible en caso de falta grave o si ambas partes acuerdan rescindir el contrato. El trabajador también puede rescindirlo si encuentra un contrato de duración indefinida.

INDEMNIZACIONES

Al término del contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización por término de contrato que generalmente es del 10% del salario percibido debido a que el CDD es un contrato precario. Si el empleador ofrece al empleado un CDI después de la CDD y el empleado se niega, pierde sus asignaciones. Tampoco se beneficia si rompe su actual contrato de CDI en otra empresa.

Société d’Avocats DAMY, abogado de derecho laboral en Niza, CDD, Actualización 2016.