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Desde 2010,La violencia psychologica en la pareja es reconocida como delito. Por lo tanto, ahora es posible actuar si uno se siente víctima de repetidas humillaciones o manipulaciones verbales. Su abogado , experto en sus preguntas, le asiste en el juicio.
¿De qué se trata?
La violencia psicológica fue reconocida como delito en 2010 como parte de la lucha contra la violencia doméstica. Esta violencia es tratada legalmente como violencia física. Resultan en un verdadero fenómeno de control del cónyuge sobre la víctima y manipulación destructiva. Pueden ser humillaciones verbales, deseo de aislamiento social por parte del cónyuge, incapacidad para trabajar, etc. Esta degradación de las condiciones de vida conduce entonces a una alteración de la salud física o psíquica de la víctima.
¿Cómo probarlos?
No es fácil probar el abuso emocional porque ocurre en la intimidad del hogar. Además, el cónyuge manipulador muy a menudo pone una cara completamente diferente en público y se presenta como una buena persona en todos los aspectos. En este ámbito domina el principio de libertad de prueba y la víctima puede acreditar la violencia de diferentes formas: certificado médico, testimonios, SMS, etc. Esta prueba debe obtenerse de manera leal, es decir sin fraude ni violencia: por por ejemplo, no se admite la prueba comunicada tras una búsqueda en el buzón de correo electrónico del cónyuge.
El procedimiento
Primero debe presentar una denuncia por abuso emocional. La ley ha establecido un sistema de ventanilla única y aunque no tenga competencia territorial, la comisaría debe registrar la denuncia. La víctima puede solicitar una orden de protección al juez de familia. Esta prescripción se toma por una duración máxima de cuatro meses renovables. El cónyuge puede entonces verse obligado a abandonar el domicilio conyugal o no tener derecho a acercarse a la víctima.
¿Qué está en riesgo mi cónyuge?
El cónyuge puede ser procesado por el tribunal penal. Se enfrenta a entre 3 y 5 años de prisión y una multa de 45.000 a 75.000 euros. La cuantía se calcula en función de la incapacidad temporal para el trabajo (ITT) de la víctima, es decir, el número de días de trabajo no realizados por la violencia del cónyuge. Aunque estén separados, el ex cónyuge o ex conviviente también puede ser procesado.
Société d’Avocats DAMY , Niza, Mi cónyuge muestra violencia psicológica; Actualización 2022