Description
Cuando usted ha sido objeto de una condena penal o de una condena pronunciada por el Tribunal de Comercio, las resoluciones dictadas en su contra se mantienen en su registro de antecedentes penales. Lo mismo se aplica a determinadas decisiones dictadas en materia administrativa. No obstante, se suprime inmediatamente lo siguiente – condenas amnistiadas – las personas que reciben una rehabilitación judicial con baja en el registro de antecedentes penales – sanciones comerciales o disciplinarias suprimidas por rehabilitación Se retiran después de 3 años: – sentencias policiales por contravención – condena con una exención de la pena – sanciones o medidas educativas – composiciones penales. Se suprimen después de 5 años: – sentencias judiciales de liquidación – bancarrota personal o prohibición de gestión (a menos que su duración supere los 5 años) Otras condenas se retiran 40 años después de la última inscripción o del fallecimiento de la persona interesada. Sin embargo, es posible que usted pida al Tribunal Superior que elimine tales referencias de sus antecedentes penales.
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