Description
Como empleador, debe organizar una reunión mensual de los delegados colectivos de los empleados. Se trata de una obligación legal que debe cumplirse y el incumplimiento puede ser sancionado con el delito de obstrucción. Los delegados de personal a convocar son los “miembros titulares” y los “suplentes”, siendo estos últimos los encargados de compensar las ausencias e impedimentos de los primeros y de sustituirlos. Debería dedicarse el tiempo necesario y suficiente al examen de las preguntas y quejas de los delegados. Por lo tanto, no se puede imponer un tiempo demasiado corto para cada punto, o negarse a dedicar suficiente tiempo global a toda la reunión para agotar todos los puntos de la nota de los delegados. Todas las preguntas y quejas que se incluyen regularmente en las notas de los delegados deben ser tratadas durante la reunión. Cuando los delegados del personal son consultados y/o dan su opinión, sólo votan los delegados plenos (y los suplentes reemplazan a los delegados plenos ausentes).
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