Description
En el marco de la constitución de una sociedad, es posible domiciliarla, por un período que sólo puede ser temporal, en los locales de su representante legal. La domiciliación temporal tiene una duración máxima de 5 años. Su principal interés es permitir que el representante legal de una empresa en formación le otorgue un domicilio social, un elemento determinante y necesario para la existencia legal de cualquier empresa, sin tener que esperar a estar en posesión de un local profesional.
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