Description
Los socios de una sociedad deben reunirse, en asamblea general ordinaria, al menos una vez al año, para deliberar sobre las cuentas anuales de la sociedad. La junta general deberá celebrarse en un plazo de seis meses a partir del final del ejercicio. A partir de la fecha de esta reunión, los socios tienen un mes para presentar las cuentas anuales de la empresa ante el Secretario del Tribunal de Comercio. Las sociedades que están obligadas a presentar sus cuentas anuales son: las sociedades de responsabilidad limitada (SARL, EURL), las sociedades de personas (SNC, SCS), en determinadas condiciones, las sociedades anónimas (SA, SAS y SCA), las sociedades de derecho privado (SELARL, SELAFA, SELCA, SELAS) y las sociedades cooperativas y los sindicatos.
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