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Si la relación entre los hijos y sus padres está en efecto, y con razón, en el corazón del derecho de familia contemporáneo, se observa con frecuencia que la posición jurídica de los abuelos frente a sus nietos sigue siendo en gran parte desconocida. , y sigue siendo objeto de un equívoco tan falso como generalizado.

Derechos de los abuelos a mantener relaciones con sus nietos

En efecto, es claro que en esta materia parece prevalecer la creencia predominante de que son las acciones de los padres las que determinan los derechos y obligaciones de sus ascendientes. En concreto, ¿quién nunca ha oído o imaginado que los abuelos se verían obligados a llevarse bien con su hijo o hija si quisieran mantener una relación con sus nietos? Del mismo modo, quién nunca ha oído o imaginado que, por el contrario, los abuelos serían responsables de las faltas de sus hijos, lo que les podría impedir seguir viendo a un nieto en acogimiento u obligar a pagar la pensión alimenticia en lugar de la persona que es el primer deudor ?

Y, sin embargo, son necesarias algunas aclaraciones porque la realidad jurídica es muy diferente. El Código Civil, por un lado, subraya claramente la importancia de que un menor mantenga, de manera estable y regular, las relaciones con sus abuelos, y el Tribunal de Casación, por otro lado, ha recordado recientemente que los abuelos no son directamente responsable de las consecuencias de las faltas cometidas por su hijo o hija en el ejercicio de la patria potestad.

El principio fundamental se establece en el primer párrafo del artículo 371-4. En su redacción actual, dicho texto establece que:

“El hijo tiene derecho a mantener relaciones personales con sus ascendientes. Sólo el interés del niño puede impedir el ejercicio de este derecho. »

De ello se deduce que todo abuelo tiene, en principio, derecho a mantener relaciones con sus nietos, a menos que se haya dictado sentencia judicial que impida el ejercicio de tal derecho por ser contrario al interés del hijo. En otras palabras, los padres no tienen un poder infinito y discrecional en la elección de las personas autorizadas para estar con su hijo, y el pronunciamiento de la custodia exclusiva en beneficio del otro padre, o la colocación en una familia de acogida. , no conducen por sí mismos a la desaparición del derecho.Los jueces pudieron así recordar en particular que un abuelo no puede ser privado de la posibilidad de mantener vínculos con sus nietos por el solo hecho de que su hijo haya sido condenado a una pena de prisión por practicar violencia doméstica. .

Por lo tanto, hay que recordar un principio esencial: los abuelos pueden, en principio, mantener una relación con sus nietos, y la negligencia (o incluso la irresponsabilidad) de los padres no puede por sí sola hacer que tal relación desaparezca. LEY.

No responsabilidad de los abuelos por culpa de los padres

Si bien existe, por supuesto, una desconexión entre la teoría jurídica y las dificultades de la realidad, en la medida en que la incoación de un procedimiento ante el Tribunal Superior y el recurso a un abogado pueden resultar disuasorios, si no imposibles, debe tenerse en cuenta que conocer los derechos puede ayudar a iniciar un diálogo con un padre recalcitrante y esa mediación, a menudo favorecida por los jueces de la corte de familia, puede permitir que las partes lleguen a un acuerdo más rápido y a un costo menor.

Además, si los abuelos están obligados, en su caso, por una obligación de alimentos para con sus nietos, en virtud de lo dispuesto en los artículos 205 y 207 del Código Civil combinados, ello no significa que sean responsables de los actos de su hijo o hija. como eran cuando aún era menor de edad.

En efecto, la primera sala civil del Tribunal de Casación recordó recientemente ( Civ 1ère, 28 de mayo de 2014, n°12-29.803 ) que no resultaba de los dos textos citados anteriormente, aplicándose a falta de padres capaces de incurrir en la gastos necesarios para la educación y manutención de sus hijos, que los abuelos pueden, como deudores de alimentos, “ser obligados a ejecutar las sentencias pronunciadas contra su hijo”.

Damy Abogados , Abril 2020