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Entrega de muebles y cláusula de reserva de dominio
La entrega de muebles is fixed by the article L. 624-16 of the Código de Comercio and the article 1606 of the Código Civil. Según estas disposiciones, si el comprador ya tenía en su poder los muebles en otro carácter, la entrega se heará realizada con el único consentmiento de las parts. In this case, para que la cáusula de reserva de dominio sea oponible a terceros, debe estar pactada por escrito en el contrato de compraventa.
Fulfill the condition of oponibilidad
En un caso específico, el comprador mantuvo el equipo sujeto a una cláusula de reserva de dominio en virtud de una venta anterior que expiró por el incumplimiento de una condición suspensiva . Surge entonces la cuestión de cómo cumplir la condición de oponibilidad que exige que la cláusula sea pactada por escrito a más tardar en el momento de la entrega.
Los jueces de primera instancia dictaminaron que el vendedor debía recuperar la posesión del equipo dejado voluntariamente con el comprador antes de concluir una nueva venta con cláusula de reserva de dominio el 20 de septiembre de 2007. Esta decisión, sin embargo, desconoció el artículo 1606 del código civil, que establece que la entrega se realiza con el único consentimiento de las partes si el comprador ya tenía el equipo en su posesión en otra capacidad. En este caso, el comprador tenía la máquina amparada por la cláusula de primera venta caducada. Así, se consideró innecesaria la condición de establecimiento previo de la escritura antes de la entrega.
Además, el Tribunal de Casación relajó las condiciones formales de la oponibilidad de la cláusula, reconociendo que la aceptación puede deducirse de la existencia de relaciones comerciales entre las partes.
Esta solución es adecuada porque se alinea con las disposiciones legales y la interpretación del tribunal. Reconoce que la posesión del Equipo por parte del Comprador en una venta anterior niega la necesidad de un acuerdo por escrito antes de la entrega. Además, la flexibilidad de que dispone el Tribunal de Casación para considerar las relaciones comerciales como prueba de aceptación ayuda en situaciones prácticas en las que puede no ser posible el estricto cumplimiento de las formalidades.