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Abogados en Niza – Derecho de extranjería
La regularización por trabajo es posible.

Grégory DAMY, abogado en Niza, ofrece una visión general de las posibilidades de regularización en derecho de extranjería.

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Regularización de residencia por trabajo :

¿Es usted extranjero y acaba de firmar un contrato de trabajo (indefinido o de duración determinada)?

Entonces tiene derecho a un permiso de residencia en Francia.

Si trabaja, puede dirigirse a la prefectura donde vive o trabaja para regularizar su situación lo antes posible.

Si el contrato es indefinido, se le expedirá un permiso de residencia por cuenta ajena.

La duración del permiso será de un año, renovable.

En cambio, si tiene un contrato de duración determinada, se le expedirá un permiso de residencia temporal hasta la expiración de su contrato.

Hay una serie de condiciones sine qua non:

– Debe tener un contrato de trabajo o una promesa de empleo.

– Haber residido en Francia durante al menos 5 años y haber trabajado durante 8 meses en los dos años anteriores a la solicitud.

– Tener un cierto dominio de la lengua francesa

Una vez cumplidas estas condiciones, deberá seguir un procedimiento.

Empieza por rellenar un formulario cerfa en la prefectura, adjuntando diversos documentos como un documento de identidad, un justificante de residencia o un justificante de empleo.

Las autoridades tienen 2 meses para responder (art R.421-1 CJA).

Puede aceptarla o rechazarla.

Si se le notifica explícitamente una denegación, la prefectura puede acompañar su denegación de la obligación de abandonar el territorio francés.

Esta denegación puede recurrirse ante el juez de medidas provisionales del Tribunal Administrativo, que se pronunciará en un plazo de 48 horas.

Transcurrido este plazo de 2 meses, el legislador considera que la falta de respuesta de la Administración equivale a una decisión implícita de denegación de la solicitud.

Dispondrá de dos meses para impugnar esta decisión ante el Tribunal Administrativo de su jurisdicción (art R.421-2 CJA).

No obstante, si no se te notifican los procedimientos y plazos de recurso, la jurisprudencia “Czabaj” te concede un plazo razonable de recurso de un año (cfr. CE, 13 de julio de 2016, nº 387763).

Esto fue reiterado muy recientemente por el Alto Tribunal Administrativo en una sentencia de marzo de 2024, en la que el Conseil d’Etat precisó que el plazo razonable de un año empezaba a contar a partir de la fecha en que el solicitante tuvo conocimiento de la decisión denegatoria (cf. CE, 11 de marzo de 2024, nº 488227).

Si encuentra alguna dificultad, no dude en ponerse en contacto con nuestro bufete, que podrá ayudarle a lo largo de todo el procedimiento.