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Crédito de obras Desde el 29 de septiembre de 2010, las personas físicas que instalen paneles fotovoltaicos pueden beneficiarse de un crédito fiscal del 25% para promover la adopción de energías renovables . Aplica para gastos de compra de paneles fotovoltaicos para la residencia principal, pero no para costos de instalación. El monto máximo de las mismas varía de acuerdo a la situación del contribuyente. Para una sola persona el tope es de 8.000 euros, para una pareja de niños es de 16.000 euros, pudiendo añadirse un suplemento de 400 euros por persona a cargo.
¿Cómo funciona el crédito?
El crédito fiscal se calcula sobre el 25% del total de los gastos incurridos para la compra de paneles fotovoltaicos. Este crédito sirve como un mecanismo para reducir el impuesto que debe un individuo. Si el impuesto adeudado es inferior al derecho a pagar por los gastos de paneles fotovoltaicos, el Estado reembolsa la diferencia al contribuyente. Es importante señalar que el beneficio fiscal es aplicable para el año en que se incurrió en los gastos.
Crédito de obras Además del crédito fiscal, las personas físicas también pueden tener derecho a las subvenciones concedidas por las autoridades locales. Estas subvenciones se pueden conceder para el equipamiento o la instalación de paneles fotovoltaicos. Si el subsidio se refiere a equipos, se deducirá del monto del crédito fiscal. No obstante, si la subvención es para la instalación, no afectará al beneficio fiscal.
AYUDA unida al crédito fiscal
En general, la ventaja fiscal y los subsidios tienen como objetivo fomentar la adopción de paneles fotovoltaicos para la producción de energía renovable ofreciendo incentivos financieros. El beneficio fiscal alivia la carga fiscal de las personas y las subvenciones de las autoridades locales respaldan aún más la instalación de estos paneles. Al combinar estos beneficios, las personas pueden tomar decisiones sostenibles mientras reciben asistencia financiera.