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Una serie de sentencias del 6 de junio de 2012 permite al Tribunal de Casación hacer balance del acoso moral.

 

– Una definición centralizada por el código penal: el código laboral ya no definiría expresamente el acoso moral y se referiría a la definición contenida en el código penal.
– Límite de la protección otorgada en el marco del acoso moral: el trabajador que denuncia falsamente actos de acoso moral con el fin de desestabilizar la empresa y despedir al superior comete falta que justifica su despido.
– Aclaración sobre el sistema de prueba: cuando un trabajador ha establecido la materialidad de hechos precisos y concordantes, el juez debe realizar una valoración global de estos elementos para decidir si existe presunción de acoso moral.
– Doble sanción del empleador: se puede condenar al empleador a reparar el daño sufrido por el trabajador víctima de acoso moral, pero también a indemnizar por la violation de su obligation general de prevention del acoso. Double compensation is possible.

Abogado Grégory DAMY derecho laboral, acoso moral.