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Velar por el cumplimiento de la obligación de presentar cuentas anuales: consecuencias jurídicas y medidas de ejecución
Según el artículo L 123-12 del Código de Comercio, es obligatorio para todos los commerciantes elaborar cuentas anuales al final del ejercicio económico. In lo that respecta to the commercial companies, the obligation of llevar cuentas anuales is especifica in el artículo L. 232-1 del Código de Comercio. Estas cuentas anuales generally include the balance, the cuenta de resultados y un anexo. Estos documents deben ser precises, sinceros y dar una representation fiel de los activos, la situation financiera y los resultsados de la empresa. Las cuentas anuales deben ser aprobadas en una junta general que debe celebrarse dentro de los 6 meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio económico.El administrador de la empresa corre con los gastos de presentation de las cuentas anuales. If necessary ayuda con estos trámites,
Obligación de presentar cuentas anuales: –
El incumplimiento de estos requisitos puede dar lugar a las sanciones previstas por el Código de Comercio. Según el artículo L. 611-2 II, si los administradores no presentan sus cuentas anuales dentro de los plazos fijados, el presidente del tribunal puede ordenarles que lo hagan sin demora, so pena de sanción. En la práctica, el presidente del tribunal de comercio dicta un auto que ordena al representante legal de la empresa que presente las cuentas anuales en el plazo de un mes a partir de la notificación o notificación del auto, bajo pena de multa.
El secretario del Juzgado de lo Mercantil notifica entonces la orden al representante legal de la empresa. Si no se cumple la medida cautelar, el presidente del tribunal es competente para ejecutar la multa coercitiva, ordenando así al funcionario social el pago de la multa.
Aplicación del cumplimiento: –
En una sentencia reciente, el Tribunal de Casación precisó que “cuando el presidente de un tribunal de comercio, habiendo ordenado al representante legal de una persona jurídica la presentación de las cuentas anuales, bajo sanción, constata el incumplimiento y levanta la sanción, el juez autoridad que lo represente sea condenado a título personal…” (Corte de Casación – Cámara Comercial – 7 de mayo de 2019 – N° 17-21.047) Así, en caso de falta de presentación de las cuentas anuales, la responsabilidad personal del funcionario social serán condenados individualmente y deberán pagar la multa con cargo a sus propios fondos. El funcionario de la sociedad recibirá entonces un recibo de la Direction Générale des Finances Publiques, responsable del cobro de la multa coercitiva. Por lo general, no es posible impugnar la orden judicial que impone la sanción.
Este pedido debe enviarse por correo certificado con acuse de recibo. Sin embargo, en la práctica, estas decisiones no siempre se envían de esta manera, y en ocasiones ni siquiera son notificadas por un alguacil. En tales casos, nuestro bufete de abogados en Niza puede ayudarlo a impugnar títulos de recuperación sobre la base de multas impuestas periódicamente, lo que a menudo plantea dudas sobre su validez.
En conclusión, la obligación legal de presentar cuentas anuales tiene importantes consecuencias. El incumplimiento puede implicar la responsabilidad personal del funcionario corporativo, quien puede ser condenado y obligado a pagar personalmente la multa. Nuestro equipo dedicado de abogados en Niza está disponible para asesorarlo y representarlo en estos asuntos, asegurando el cumplimiento de los requisitos legales y protegiendo sus intereses .